Se abrió la inscripción para el concurso abierto de ingreso como escribiente al Poder Judicial

La convocatoria, dispuesta en la reunión de Acuerdo Nº 18/22, del 7 de junio pasado, es para el cargo de escribiente, a fin de cubrir las vacantes existentes y las que se produzcan durante la vigencia del concurso en todas las jurisdicciones de la provincia.

Las y los postulantes podrán inscribirse para concursar hasta en dos jurisdicciones de la provincia como máximo. En el caso del concurso para personas con discapacidad, la inscripción es exclusivamente para la jurisdicción de Paraná.

Para postularse, las personas interesadas deberán completar y adjuntar la documentación requerida en el formulario, que está disponible en la página web del Poder Judicial de Entre Ríos:

Requisitos para la inscripción

-Ser argentino/a nativo/a o naturalizado/a.

-Tener como mínimo dieciocho (18) años de edad.

– DNI (anverso y reverso).

-Título Secundario y/o certificado analítico (anverso y reverso).

-Certificado de antecedentes penales expedido por el Registro Nacional de Reincidencia, con fecha de emisión anterior no mayor a tres (3) meses de la fecha de inscripción.

-Certificado de Discapacidad vigente (si la inscripción es al concurso para personas con discapacidad).

-Declaración jurada de no estar comprendido en las inhibiciones establecidas en el art. 8º del Decreto Ley 5.143 y, respecto de las establecidas en el inc. h), deberá indicarse con relación a quién.

Serán rechazadas sin más trámite las solicitudes que no reúnan las condiciones precedentemente enunciadas.

Requisitos para la inscripción

-Ser argentino/a nativo/a o naturalizado/a.

-Tener como mínimo dieciocho (18) años de edad.

– DNI (anverso y reverso).

-Título Secundario y/o certificado analítico (anverso y reverso).

-Certificado de antecedentes penales expedido por el Registro Nacional de Reincidencia, con fecha de emisión anterior no mayor a tres (3) meses de la fecha de inscripción.

-Certificado de Discapacidad vigente (si la inscripción es al concurso para personas con discapacidad).

-Declaración jurada de no estar comprendido en las inhibiciones establecidas en el art. 8º del Decreto Ley 5.143 y, respecto de las establecidas en el inc. h), deberá indicarse con relación a quién.

Serán rechazadas sin más trámite las solicitudes que no reúnan las condiciones precedentemente enunciadas.



Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *