Ventas con tarjetas de débito: Se acreditarán al siguiente día hábil

La medida responde a un reclamo histórico de la CAC, aunque la Entidad considera que esas operaciones deberían acreditarse en el acto.

La Cámara Argentina de Comercio y Servicios (CAC) informa que las entidades bancarias acordaron con el Banco Central de la República Argentina (BCRA) acortar a un día hábil el plazo para el depósito en la cuenta de los comercios de las ventas que realizan con tarjetas de débito.

Esta medida atiende a un reclamo histórico de la CAC y es uno de los tantos aspectos que la Entidad considera importantes para lograr un incremento en las operaciones con medios electrónicos de pago, lo que a su vez favorecerá a una mayor inclusión en el sistema financiero, disminuyendo, en contrapartida, la informalidad, la competencia desleal y la pérdida de recaudación tributaria.

Vale recordar que la Ley 25.065 fijó un plazo máximo de acreditación de 3 días hábiles para las ventas efectuadas con tarjeta de débito y que, por un acuerdo con el regulador, los bancos habían acordado hacerlo en el plazo de 2 días hábiles.

No obstante, la CAC continúa sosteniendo que la acreditación en las cuentas bancarias de los comerciantes por ventas realizadas con tarjetas de débito debería ser inmediata, puesto que de esta forma opera en la cobranza de la tarjeta del consumidor. Así lo manifestó meses atrás en relación a un proyecto de ley que cuenta con media sanción de la Cámara de Diputados de la Nación.



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