Sobreprecio: El STJ le cerró el camino a la Corte a Treppo

La Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia (STJ) le cerró el camino a la Corte Suprema de Justicia de la Nación al exintendente de Seguí y actual titular de la Unidad Ejecutora Provincial (UEP), Cristian Treppo, quien batalla en Tribunales en el marco de la causa por supuestos sobreprecios en una obra de asfalto de 16 cuadras durante la administración municipal que encabezó.

El fallo está fechado el 18 de febrero y lo firman los vocales Claudia Mizawak, Miguel Ángel Giorgio y Daniel Omar Carubia.

Es el segundo revés en la Sala Penal STJ que enfrenta el actual titular de la Unidad Ejecutora Provincial (UEP). La decisión del alto cuerpo también alcanza a la ingeniera en construcciones Carina Zapata, que fue contratada por el Municipio de Seguí para proyectar la obra; y al contador municipal Darío Alexis Monzón.  Todos son defendidos por el abogado Germán Coronel.

El 19 de noviembre de 2020, el máximo tribunal provincial le denegó un recurso de queja a los acusados. Los funcionarios llegaron a esta instancia para cuestionar la resolución que adoptara el 24 de octubre de 2019 el juez de Garantías Ricardo Bonazzola, que les denegó un planteo de recusación.

Ante la negativa de apartamiento, apelaron ante los vocales María Carolina Castagno, Gustavo Pimentel y Elvio Garzón, quienes el 12 de noviembre de 2019 declararon inadmisible el recurso de recusación. Ese pronunciamiento fue confirmado por la Cámara de Casación Penal el 12 de diciembre de 2019.

Tras ese revés, Treppo, Zapata y Monzón presentaron un recurso de reposición e impugnación extraordinaria para que sus planteos sean analizados por la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia. El 18 de febrero de 2020 el Tribunal de Casación declaró improcedente la presentación.

Luego, los imputados presentaron un recurso de queja directamente ante la Sala Penal del STJ, integrada por Claudia Mizawak, Miguel Ángel Giorgio y Daniel Omar Carubia. Sin embargo, recibieron malas noticias: el jueves 19 de noviembre de 2020 los vocales rechazaron el planteo interpuesto.

Ahora, nuevamente Treppo y compañía se encontraron con un nuevo revés: el 18 de febrero último la Sala Penal del STJ les rechazó el recurso extraordinario federal, con el que buscaban que el reclamo sea analizado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

En su presentación, el abogado de los imputados adujo la existencia de una violación de la garantía de imparcialidad y el debido proceso. Destacó que “no se trata el caso de una mera discrepancia con el resultado de lo solicitado, sino de una queja concreta sobre el modo de resolver la petición de la protección de una garantía tan esencial como es la del juez imparcial, que puede ser cuestionada ante los Tribunales Internacionales de Derechos Humanos, pero agotando previamente todas las instancias judiciales”.

Sin embargo, la petición fue rechazada por los tres vocales de la Sala Penal del STJ. El voto que fundamentó la decisión lo formuló la vocal Mizawak. “El recurso extraordinario federal está previsto al sólo efecto de afirmar la supremacía de la Constitución Nacional y no tiene por objeto corregir -como si fuera otra instancia ordinaria- las sentencias equivocadas o que se reputen tales por los impugnantes, sino que está previsto para hacer realidad la exigencia constitucional que impone a las decisiones jurisdiccionales estar suficientemente fundadas y constituirse en una derivación razonada del derecho vigente, debiendo siempre basarse en las constancias legítimamente agregadas al proceso”, expresó.

Finalmente, aseveró que “el recurso extraordinario bajo examen resulta palmariamente inadmisible y corresponde denegar su concesión para ante la excelentísima Corte Suprema de Justicia de la Nación, debiendo la parte recurrente cargar con las costas devengadas por su articulación”.

Fuente: Entre Ríos Ahora



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