Reintegro de 10% por compras en carnicerías: cómo acceder, el tope y su vigencia

La medida establece la devolución del 10% del monto de la operación. Cómo se accede al beneficio y cuál es el plazo de devolución. Qué tope mensual tiene el programa y hasta cuándo estará vigente.

Con una inflación general del 118% en el último año y una empinada suba del precio de la carne en particular, crece la importancia del régimen de reintegros por compras en carnicerías para consumidores finales.

El mismo funciona para las operaciones que se realicen en los comercios inscriptos en el ‘Registro de Carnicerías’ y que sean abonadas con tarjetas de débito, prepagas o similares asociadas a cuentas abiertas en entidades financieras comprendidas en la Ley N° 21.526.

Monto por operación y reintegro

La medida fue publicada en la Resolución General 5330/2023 del Boletín Oficial y establece la devolución del 10% del monto, el cual no puede superar la suma de $2.000 por beneficio y mes calendario. Además, tal como se destaca en el artículo 1° del documento, la iniciativa se mantendrá hasta el 31 de diciembre de 2023 inclusive.

Asimismo, en el apartado B -Acreditación del reintegro. Plazo y modalidad-, la resolución subraya que las entidades financieras y los “PSP” serán los encargados de acreditar en la cuenta asociada al pago de la transacción efectuada por el consumidor beneficiario, el monto correspondiente al reintegro dentro de las 96 horas de efectuada la operación de compra.

Acuerdo con el sector

Por otra parte, en el aparatado C -Resúmenes de cuenta. Datos mínimos-, se explica que los sujetos deberán incluir, como mínimo, en cada resumen de cuenta -físico o electrónico- que emitan, los importes efectivamente reintegrados en cada mes calendario con la leyenda “Reintegro Carnicerías Minoristas”, a efectos de su individualización.

La medida establece la devolución del 10% del monto.

En su considerando, la documentación explica que los sujetos interesados podrán inscribirse al ‘Registro de Carnicerías’, lo cual les posibilitará acceder a determinados beneficios en el marco de la norma mencionada.

Además, resalta que el Ministerio de Economía determinará el presupuesto asignado para los reintegros correspondientes, no afectándose la coparticipación federal.

La medida forma parte de un acuerdo entre el Gobierno con frigoríficos y carnicerías. Además, permitiría blanquear las ventas del sector al consumidor, al que le adjudican un alto nivel de informalidad, e incentivos impositivos para los carniceros.

Beneficios para carnicerías

Por otro lado, la carnicería que se adhiera al programa podrá descontar el 5% del valor de la factura de compra al frigorífico de su declaración de Impuesto a las Ganancias y de Bienes Personales, un saldo que podrá utilizar como crédito. Un dato que alarmó a los funcionarios y que formateó el programa hacia la formalización de las ventas, es que detectaron que cerca de un 90% de la facturación de las carnicerías se realiza en negro. Para el carnicero el beneficio vendría por el lado impositivo. El plan que apuntala el Ministerio de Economía incluye que aquellos vendedores que estén adheridos al régimen de autónomos tengan un descuento del 90% de la cuota mensual. Es decir, que le pagarán a la AFIP solo el 10% de lo que determine su categoría, de acuerdo a su nivel de facturación, publico infobae.



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