Qué argumentos alegarán quienes vayan a la Justicia por el impuesto a la riqueza

Tributaristas consultados por Infobae dieron cuenta de las posiciones que esgrimirán aquellas personas que estén alcanzadas por el aporte para evitar pagarlo por considerarlo inconstitucional.

El presidente Alberto Fernandez, mantiene una reunión con el presidente del bloque del Frente de Todos en Diputados, Máximo Kirchner; el presidente de la comisión de Presupuesto, Carlos Heller; y el ministro de Economia, Martín Guzmán sobre el proyecto de impuesto a las grandes fortunas. (Foto NA)

El oficialismo aprobó esta noche en el Senado la ley de Aporte Solidario y Extraordinario para personas con patrimonios desde los $200 millones con el que se espera recaudar más de $300 mil millones.

La iniciativa fue convertida en ley con 42 votos a favor y 26 en contra, tras un debate de casi seis horas en la que el oficialismo defendió el carácter excepcional del tributo y negó que se trate de un “impuesto”, y la oposición sostuvo que “atenta contra la inversión” y que será judicializado.

En ese marco, tributaristas consultados por Infobae dieron cuenta de los argumentos que esgrimirán aquellas personas que estén alcanzadas por el aporte.

Este impuesto está vulnerando verdaderas garantías constitucionales de los contribuyentes. Los $200 millones de riqueza a partir de la cual las personas humanas estarán obligadas a pagar el impuesto no tienen mínimo no imponible lo que puede generar gran inequidad tributaria entre personas de muy similar situación”, planteó el tributarista César Litvin.

Extremando el ejemplo, señaló: “Una persona que tenga una riqueza de $200.000.001 en la Argentina pagará 2% sobre esa suma ($4 millones), en tanto que alguien que tiene 199.999.999 no pagará nada”.

Uno de los motivos de litigiosidad según Litvin es la doble imposición. “Si sumamos los dos impuestos que gravan el patrimonio, Bienes Personales y este gravamen sobre la riqueza, en su máxima escala llegamos al 7,5% resultante de sumar la tasa de 5,25% a la que puede llegar el impuesto a las grandes fortunas por bienes en el exterior y el 2,25% del impuesto a los Bienes Personales, y es muy difícil que esos bienes generen una renta equivalente al impuesto, lo que lo vuelve confiscatorio, porque para pagarlo hay que vender patrimonio. Se llega así a la violación del derecho de propiedad”, argumentó.

Para el tributarista Sebastián Domínguez, el impuesto puede tener efectos diferentes en cada contribuyente. “En algunos casos puede afectar principios y derechos constitucionales y en otros no. El camino de discusión no es el mismo incluso para los que se afectan derechos. Hay que ver qué principios se afectan para ver cuál es el camino”, dijo a Infobae.

En ese sentido, ejemplificó: “La ley pretende que pague el impuesto la persona que al 31 de diciembre del año pasado era residente argentino a los fines fiscales y perdió la residencia de esa fecha hasta ahora. En ese caso, sería un impuesto que tendría una aplicación retroactiva y vulneraría ese principio justamente, el de la retroactividad”.

Y añadió: “El planteo es fácil de probar porque uno solo debe demostrar la perdida de residencia. En ese caso se puede plantear un recurso de amparo porque no hay que producir prueba sino aportar que perdió la residencia”.

Por otra parte, remarcó que “si una persona quiere plantear que el impuesto es confiscatorio porque absorbe una parte sustancial de la renta o el patrimonio, ahí hay que probar esa confiscatoriedad. Y para hacerlo hay que realizar una pericia. El recurso de amparo no es el mejor camino y si debería haber una acción declarativa. Si fuera por declaración jurada, alguien podría no presentarla y esperar. Pero eso le puede traer consecuencias con el fisco”.

En tanto, su colega Iván Sasovsky dijo a Infobae que lasestrategias van a ir enfocadas a demostrar la confiscatoriedad del impuesto. “Eso hay que probarlo caso por caso, y por sumatoria con el Impuesto sobre los Bienes Personales que recae sobre la misma base”, aseguró.

Para Sasovsky, no se trata de un aporte, sino de “un impuesto con todas las letras y muy gravoso para un escenario post pandemia”.

“Sin dudas esto se va a judicializar porque hay casos que el contribuyente no tiene la liquidez para pagar ese impuesto, nunca se hizo un análisis serio al respecto”, concluyó.

Cabe destacar que el nuevo tributo alcanzará a 11.855 personas, según precisó la AFIP, un número superior a las 9.298 que se estimaba inicialmente, cuando el proyecto fue aprobado por la Cámara de Diputados.

El fundamento central de la iniciativa es utilizar lo recaudado -el Gobierno estima que serán aproximadamente 300.000 millones de pesos- para atender problemas económicos y sociales derivados de la pandemia de Covid-19.

“Sin dudas esto se va a judicializar porque hay casos que el contribuyente no tiene la liquidez para pagar ese impuesto, nunca se hizo un análisis serio al respecto “(Iván Sasovsky)

Especial Infobae



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