La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) prohibió la elaboración, el fraccionamiento y la comercialización en todo el territorio nacional de un aceite de girasol.
A través de la disposición
1532/2021, publicada en el Boletín Oficial, Anmat informó que retiró del
mercado el producto “Aceite de Girasol, marca Ybarra, RNPA 02-146234
elaborado por RNE 02-0007188”, por carecer de registros de establecimiento
y por estar falsamente rotulado al exhibir en el rotulo un número de RNE y RNPA
inexistentes, resultando ser en consecuencia un producto ilegal.
Ante ello, por tratarse de un producto que no puede ser identificado en forma
fehaciente y clara como producido, elaborado y/o fraccionado en un
establecimiento determinado, “no podrá ser elaborado en ninguna parte del país,
ni comercializado ni expendido en el territorio de la República”, explica el
documento.
En tanto, a fin de proteger la salud de los ciudadanos ante el consumo de
productos ilegales, toda vez que se trate de productos alimenticios que carecen
de registro, motivo por el cual no pueden garantizarse su trazabilidad, sus
condiciones de elaboración, su calidad con adecuados niveles de control bajo
las condiciones establecidas por la normativa vigente y su inocuidad, el
Departamento de Rectoría en Normativa Alimentaria del INAL recomienda prohibir
la comercialización en todo el territorio nacional del citado alimento, así
como también todos aquellos productos que en sus rótulos indiquen el registro
de RNE mencionado.
Fuente: La Nación