Por mayoría: El Senado dio sanción definitiva a los cambios en la ley de Juicio por Jurados

La norma fue aprobada por mayoría, con 14 votos afirmativos. Solo se podrán juzgar bajo la modalidad delitos con penas superiores a los 20 años de cárcel.

El Senado de Entre Ríos sancionó por mayoría el proyecto de ley que modifica artículos de la de Juicio por Jurados. El proyecto, enviado por el Poder Ejecutivo, ya contaba con media sanción de la Cámara de Diputados y con despacho favorable de las comisiones de Asuntos Constitucionales y de Legislación General.

La norma fue aprobada por mayoría, con 14 votos afirmativos; con la abstención del justicialista del departamento Uruguay, Martín Oliva, y la negativa de la peronista de La Paz, Patricia Díaz.

La reforma alcanza los artículos 2º, 46 y 96 de la ley, estableciendo que deberán ser obligatoriamente juzgados por jurados los delitos cuya pena máxima en abstracto sea superior a 20 años de prisión o reclusión. En caso de concurso de delitos, se prevé que la obligación de juicio por jurados rija cuando al menos uno de ellos tenga establecida una pena máxima en abstracto mayor a la pena antes mencionada de cárcel.

Entre otros puntos, la integración con jurados será obligatoria e irrenunciable. Asimismo, se legisla sobre remuneración y gastos, así como sobre la conservación del cargo de las personas designadas como integrantes titulares o suplentes.

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