El titular del Juzgado Civil y Comercial N° 9, Ángel Luis Moia, ordenó la restitución de los descuentos que habilitaba la Ley de Emergencia en el término de cinco días, y advirtió sobre el “incumplimiento” por parte de la Caja de Jubilaciones de una medida cautelar.
Ordenó “la rectificación de su conducta”.
La justicia, a través de una sentencia del juez Ángel Luís Moia, declaró la nulidad de la resolución 4484/20 de la Caja de Jubilaciones de la provincia, y ordenó la restitución de lo que se hubiera descontado en el término de cinco días.
En el mismo fallo declara que la Caja de Jubilaciones ha incumplido con la medida cautelar y ordena la rectificación de su conducta.
El Frente Gremial, había obtenido una sentencia favorable para los trabajadores, en la que se le ordenaba a la Caja de jubilaciones no practicar los descuentos que habilitaba la Ley de Emergencia a un tramo de trabajadores. “La Caja desoyó esta sentencia apoyada por un dictamen de la Fiscalía Provincial, y aplicó descuentos a los trabajadores”, explicó ATE.