La Justicia entrerriana sortea los jurados para los Juicios del próximo año

Este miércoles 22 a las 10, se realizará el sorteo para la conformación de los posibles jurados de los juicios del 2023. La elección es totalmente azarosa y se realiza a través de la Lotería de Entre Ríos. Tal procedimiento está previsto en el artículo 17 de la Ley 10.746 de Juicios por Jurados de Entre Ríos.

Esta primera obtención de un listado de ciudadanos y ciudadanas, permite verificar en principio que cumplan con los requisitos establecidos en la mencionada Ley de Jurados, discriminados por jurisdicción y por sexo, utilizando como base de datos el padrón electoral vigente, proporcionado por el Tribunal Electoral de la Provincia.

Fermín Bilbao, coordinador Provincial de Juicio por Jurados del Poder Judicial de Entre Ríos, explicó a EL DIARIO más detalles del procedimiento.

-¿Cuántos ciudadanos serán sorteados?

-Se eligen 6.500 para toda la Provincia: 3.250 mujeres y 3.250 hombres. Luego con los ciudadanos y ciudadanas sorteadas se elabora un padrón que permitirá una próxima selección al momento de concretarse los juicios.

-¿Cómo es la elección posterior ante cada juicio?

-Los días siguientes al sorteo, desde las oficinas de Gestión de Audiencias de cada localidad de la provincia, se contactarán agentes judiciales por distintos medios: celular, teléfono fijo, redes sociales o en el domicilio con cada una de las personas que resultaron sorteadas, a fin de que completen una Declaración Jurada con sus datos personales, y respondan simples preguntas por sí o por no, relacionadas a los requisitos, incompatibilidades e inhabilidades para poder participar como jurado. Completadas todas las declaraciones, desde la Jefatura de Coordinación de Juicios por Jurados, se elabora un listado definitivo de aquellas personas que se encuentren en condiciones legales de integrar un jurado. Luego, ese listado es remitido por el Superior Tribunal de Justicia para su publicación en el Boletín Oficial.

REQUISITOS

-¿Qué requisitos debe tener un ciudadano para ser jurado?

-Para ser integrante del Jurado se requiere:

.Ser argentina o argentino con dos años de ejercicio previo de la ciudadanía en el caso de ser naturalizado/a.

.Ser mayor de 18 años y hasta 75 años de edad.

.Saber leer, escribir, hablar y entender plenamente el idioma nacional.

.Gozar del pleno ejercicio de los derechos políticos.

.Tener domicilio conocido y una residencia inmediata no inferior a un año en el Departamento de la Jurisdicción respectiva del lugar del hecho.

-¿Qué ocurre si se niega a hacerlo?

-Hay que tener presente que el servicio de jurado es una carga pública. Asimismo, la Ley de Jurados establece sanción por Incomparecencia, disponiendo que las personas que resultaren designadas para integrar un jurado y que, en forma injustificada, no comparezcan a las citaciones que se les realicen, y específicamente a la audiencia de debate, serán nuevamente requeridas en forma inmediata sin suspender los actos, bajo apercibimiento de que su incumplimiento la hará pasible de una multa dineraria.

-¿La persona que es jurado recibe una remuneración económica?

-Sí, las personas que sean designadas como integrantes de jurados titulares y suplentes, serán remuneradas por la labor desempeñada luego de finalizado el juicio. La remuneración es por cada día de trabajo desempeñado, incluyendo la Audiencia de Selección del Jurado, denominada “Voir Dire”.

-¿Qué balance se tiene en la provincia en torno a la participación ciudadana?

-Es sumamente positivo. Los ciudadanos han demostrado un serio, responsable y comprometido rol en el ejercicio de la función que le asigna la Ley. En un altísimo porcentaje los jurados se retiran con muchas ganas de volver a participar, a pesar de su reticencia lógica inicial.

El ciudadano entrerriano ha estado a la altura de la importante función que debe cumplir.

 -¿Cuántos juicios por jurado se han realizado hasta el momento?

-En estos días se está llevando a cabo el juicio número 21 a nivel provincial.

Juicio por jurados en Entre Ríos

Con la sanción de la Ley Nº 10.746 de Juicio por Jurados, fechada el 5 de noviembre de 2019, Entre Ríos implementó el sistema de juzgamiento penal mediante Juicio por jurados, modificando así la forma de realizar los juicios en la provincia, para los casos en que se juzguen delitos graves, cuya pena máxima en abstracto sea de 20 años o más de prisión.

El juicio por jurados es un mandato que estableció nuestra Constitución Nacional de 1853 en sus artículos 24, 75 inciso 22 y 118, y que la Constitución de la provincia de Entre Ríos adoptó en el artículo 122 inciso 23, para garantizar la participación ciudadana en la administración de justicia y acercarla a la sociedad.

Es así que cuando en nuestra provincia se deba juzgar un hecho grave, el Tribunal estará formado por un juez técnico y un jurado integrado por un grupo de 12 ciudadanos –mitad mujeres y mitad hombres- elegidos del lugar del hecho que se juzga, quienes deberán decidir si existió y si la persona acusada es o no culpable.

El jurado otorga mayor imparcialidad, ya que la decisión será tomada por doce personas que no están involucradas de manera previa en el caso ni pertenecen al Poder Judicial. De este modo el sistema de Juicio por jurados es más respetuoso de los derechos y garantías que rigen el proceso penal, dado que aumenta la legitimidad y la confianza que tiene la ciudadanía en la justicia, ya que es la propia sociedad la que toma las decisiones.

Como lo establece la Ley en su artículo 4º, el jurado “estará integrado por 12 miembros titulares y, como mínimo, por cuatro suplentes, y será dirigido por un solo juez penal. El juez podrá ordenar que haya más suplentes de acuerdo a la gravedad, duración y/o complejidad del caso. El panel del jurado titular y suplentes deberá estar integrado siempre por mujeres y hombres en partes iguales”.

FUENTE: El Diario



Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *