La Justicia dictó la primera cautelar contra el aumento de prepagas

Una jueza de San Martín hizo el lugar a un pedido de una usuaria para que retrotraiga los incrementos producto de la liberalización del precio de la medicina prepaga. Los alcances del fallo.

La Justicia volvió a emitir un fallo en contra del DNU del presidente Javier Milei y ahora puso un freno a la desregulación de los precios de la medicina prepaga.

El fallo corresponde a una demanda de una usuaria del Hospital Italiano ante Martina Forns, jueza federal de San Martín, provincia de Buenos Aires. En la misma, se ordenó a la empresa privada de salud que se abstenga de aplicar los aumentos realizados a partir del DNU y que, en cambio, utilice una fórmula alternativa.

Freno al DNU de Milei sobre aumentos de prepagas: los alcances del fallo

Como en los casos anteriores, este se trata de una medida cautelar, hasta tanto se expida la Justicia sobre la cuestión de fondo, pero sienta un precedente para nuevas presentaciones.

En diálogo con El Cronista, Juan Pablo Godoy Vélez, miembro de la actual conducción del Colegio Público de la Abogacía de la Capital Federal, este fallo se aplica exclusivamente para el caso de la demandante, por lo que cualquier otro usuario que se sienta damnificado por los incrementos debe realizar su propia demanda.

Sin embargo, este fallo sienta un precedente que puede ser utilizado en futuras presentaciones para buscar un resultado similar.

Freno a los aumentos de medicina prepaga: qué dice el fallo y cuál es la fórmula que aplicará

La causa se inició por una presentación de una jubilada de 78 años de edad, que impugnó los dos incrementos anunciados por la prepaga del Hospital Italiano, del 40% y el 29,5% en enero y febrero, respectivamente.

La usuaria M.C.B. argumentó que los incrementos le generaban un estado de incertidumbre como así también «un daño actual a sus derechos, el acceso a la salud, a la vida y a la propiedad privada».

Asimismo, impugnó el dictado del DNU 70/2023 ya que consideró que no se cumplió con los requisitos de urgencia que justifican una norma por fuera de los carriles normales del dictado de las leyes.

La jueza Forns destacó el riesgo que implicaría para la mujer quedarse sin cobertura de salud a su edad, además de que de esta forma la cuota de la prepaga le representaría la mitad de su jubilación.

Por ese motivo, la Justicia ordena que los aumentos se realicen según la vieja versión del artículo 17 de la ley 26.682 (de medicina prepaga), el cual obliga al Ministerio de Salud a fiscalizar y garantizar la «razonabilidad de las cuotas de los planes prestacionales».

Según la vieja norma, el Ministerio solo autorizará el aumento de las cuotas «cuando el mismo esté fundado en variaciones de la estructura de costos y razonable cálculo actuarial de riesgos».

Fuente: elcronista



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