La Corte Suprema invocó un recurso técnico para condenar a CFK: Qué dice el famoso artículo 280

Los jueces no la declararon ni inocente ni culpable, simplemente decidieron no emitir opinión sobre el caso, dejando firme el fallo y condenando a la expresidenta

Cristina Fernández de Kirchner fue sentenciada este martes por decisión de la Corte Suprema de Justicia y no podrá ser candidata en las elecciones legislativas bonaerenses de septiembre. El máximo tribunal selló la suerte de la expresidenta en la causa Vialidad apelando a un recurso legal técnico: el artículo 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación. Se trata de una herramienta que permite rechazar recursos extraordinarios sin revisar los expedientes ni argumentar los motivos.

La norma, que en su texto autoriza a la Corte a desestimar planteos “según su sana discreción” cuando no advierta “agravio federal suficiente ni trascendencia institucional”, está en el centro de la escena por el peso político de la decisión.

Con la invocación del artículo 280, la Corte Suprema no emite juicio respecto de si Cristina Kirchner es inocente o culpable, solo dice que el máximo tribunal se reserva el derecho que pronunciarse sobre el tema y, así, quedó firme la sentencia de la Cámara Federal de Casación Penal.

De esta manera, la condena de seis años de prisión e inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos dispuesto  por un tribunal inferior quedó firme. Así, Cristina quedó legalmente impedida de competir en las próximas elecciones legislativas, donde ya oficializó su candidatura por la Tercera Sección Electoral bonaerense.

No es la primera vez que la Corte apela al 280, aunque el contexto transforma este caso en una decisión de mayor voltaje institucional.



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