Formalizaron los cambios en el impuesto a las Ganancias: cuánto se pagará

Comenzará a regir en julio, o sea, con los salarios que los trabajadores recibirán los primeros días de agosto. Se estima que entre 800.000 y un millón de trabajadores exentos volverán a tributar este impuesto.

El Gobierno publicó en el Boletín Oficial bajo el decreto 652/2024 los cambios en el impuesto a las Ganancias contemplados en el Paquete Fiscal aprobado por el Congreso junto a la Ley Bases.

La nueva normativa mantendrá la baja del piso a $ 1,8 millón para solteros (unos $ 1.5 millón netos) y $ 2,2 millones para personas con dos hijos (1,95 millón netos) votada por el Congreso. Comenzará a regir en julio, o sea, con los salarios que los trabajadores recibirán los primeros días de agosto.

Antes, el mínimo no imponible era de 15 salarios mínimos, equivalentes a $ 2.340.000 hasta junio y $ 3.5 millones desde julio.

La actualización del mínimo no imponible se hará de forma trimestral durante este año, en septiembre, y luego de forma semestral a partir del Índice de Precios al Consumidor (IPC).

Cuáles son los nuevos valores del impuesto a las Ganancias

Los valores del impuesto a pagar arrancan en casi $ 3.000 mensuales hasta unos $ 60.000 mensuales para los que hoy están exentos. Y superan los $ 100.000 mensuales para los que ganan más de $ 2.500.000 brutos.

Se estima que entre 800.000 y un millón de trabajadores hoy exentos de Ganancias, como bancarios, mineros, siderúrgicos, camioneros, aceiteros o personal jerárquico, volverían a pagar el impuesto en alícuotas que van del 5 al 35%.

Una novedad es que todos los pagos que reciban los trabajadores, como horas extras, aguinaldo, viáticos de larga distancia (camioneros), zona patagónica, quedan incluidos en el cálculo del impuesto.

La diferencia entre los asalariados con o sin hijos se debe a que se podrá volver a deducir de la base imponible de Ganancias los hijos menores y otros gastos permitidos con un tope, como lo pagado en prepagas, gastos escolares, etc.

Impuesto a las Ganancias: Cuánto pasará a pagar un soltero

$1.800.000 de remuneración bruta- no pagará Impuesto a las Ganancias

$1.900.000 de remuneración bruta- alícuota máxima del 5% (retención $4.500).

$2.000.000: alícuota máxima del 9% (retención: $10.940)

$2.100.000: alícuota máxima 12% (retención: $19.880)

$2.200.000: alícuota máxima 15% ($30.800)

$2.300.000: alícuota máxima 15% ($44.142)

$2.400.000: alícuota máxima 19% ($61.979)

$2.500.000: alícuota máxima 19% ($80.979)

$2.600.000: alícuota máxima 19% ($99.979)

$2.700.000: alícuota máxima 19% ($118.979)

$2.800.000: alícuota máxima 23% ($138.817)

$3.200.000: alícuota máxima 23% ($230.817)

$3.300.000: alícuota máxima 27% ($256.655)

$3.900.000: alícuota máxima 27% ($418.655)

$4.900.000: alícuota máxima 35% ($728.493)

$5.100.000: alícuota máxima 35% ($797.830)

$5.500.000: alícuota máxima 35% ($937.830)

Impuesto a las Ganancias: Cuánto pasará a pagar un casado

$1.800.000 de remuneración bruta- no pagará Impuesto a las Ganancias

$1.900.000 de remuneración bruta- no pagará Impuesto a las Ganancias

$2.000.000: no pagará Impuesto a las Ganancias

$2.100.000: alícuota máxima 5% (retención: $216)

$2.200.000: alícuota máxima 5% ($4.366)

$2.300.000: alícuota máxima 9% ($11.864)

$2.400.000: alícuota máxima 12% ($23.151)

$2.500.000: alícuota máxima 15% ($37.439)

$2.600.000: alícuota máxima 19% ($53.490)

$2.700.000: alícuota máxima 19% ($72.490)

$2.800.000: alícuota máxima 19% ($91.490)

$3.200.000: alícuota máxima 23% ($174.540)

$3.300.000: alícuota máxima 23% ($197.540)

$3.900.000: alícuota máxima 27% ($352.591)

$4.900.000: alícuota máxima 31% ($652.641)

$5.100.000: alícuota máxima 31% ($714.641)

$5.500.000: alícuota máxima 35% ($852.191).



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