Editorial: Juicio político a la Corte, otro total desatino

Detrás del pedido de enjuiciamiento a miembros del más alto tribunal por parte del kirchnerismo, impera una arremetida contra la división de poderes.

Trascendió recientemente el pedido de juicio político a los jueces de la Corte Suprema de Justicia de la Nación que resolvieron en favor de la presencialidad en las escuelas, al hacer lugar a un planteo del gobierno de la ciudad de Buenos Aires. Ese pedido de juicio político fue efectuado, entre otros, por el exjuez de la Corte Eugenio Zaffaroni y, según trascendió también, habría contado con la adhesión de otros profesionales del Derecho.

El “mal desempeño” imputado a los jueces Carlos Rosenkrantz, Juan Carlos Maqueda, Ricardo Lorenzetti y Horacio Rosatti consistiría en haber resuelto una cuestión epidemiológica sin la suficiente base científica de sustentación y sin haber solicitado la opinión de expertos en la materia. Resulta claro que estas críticas están en línea con las manifestaciones de repudio al fallo expresadas en su momento tanto por el presidente de la Nación, como por Cristina Kirchner. El primero llegó a decir que la sentencia del alto tribunal era un ejemplo de la “decrepitud del derecho”. La vicepresidenta hizo mención a una forma solapada de “golpe” institucional.

Resulta preocupante que personas dedicadas al Derecho, o que desempeñan cargos de semejante jerarquía, no entiendan algo tan elemental como que la invocación de una “emergencia sanitaria” –incluso una grave y real como la presente– no es una suerte de salvoconducto para olvidar toda la estructura de la Constitución nacional y la distribución de competencias entre las autoridades por ella creadas, y las que conservan los entes autónomos de la Nación, como la ciudad de Buenos Aires.

El caso que llegó a la Corte, y que el tribunal hizo muy bien en aceptar y tratar con la debida celeridad, se relaciona con algo central en un sistema republicano y federal como el que nos rige. Las provincias, así como la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, poseen ciertas y determinadas competencias específicas. Asegurar dentro de cada jurisdicción la educación es una de ellas. Por eso la Constitución solo autorizaría a las autoridades de la Nación a inmiscuirse en esta cuestión en caso de que alguna jurisdicción no asegurara dicha educación, que es lo opuesto a lo que la ciudad de Buenos Aires pretende hacer mediante las clases presenciales.

El fallo de la Corte, a través de sus distintos votos, afirmó con claridad estos principios y se apoyó además en otros igualmente importantes. Así, explicó que el Poder Ejecutivo Nacional, al dictar el decreto de necesidad y urgencia cuestionado, no había suministrado ninguna evidencia científica específica relativa a la materia concreta que, en exceso de sus facultades, estaba regulando o más bien directamente prohibiendo.

También se cuestionó con fundamento que la denominada Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA) es en verdad una creación sin sustento jurídico alguno. Y en todo caso, la delimitación por parte del Poder Ejecutivo de una determinada “región” a la que pudiera asignársele características comunes, no podría nunca alterar el esquema de distribución de competencias que la Constitución consagra, y que se apoya en que la autonomía de las jurisdicciones provinciales, así como también la de la ciudad de Buenos Aires, debe ser siempre preservada.

Quienes hoy reclaman sin fundamento atendible alguno que existiría una suerte de jurisdicción federal derivada de la pandemia para imponer a las provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires prohibiciones que afectan áreas que estas se han reservado y no cedido a las autoridades de la Nación, incurren en un patente desconocimiento de la estructura de la Constitución.

Pero no debemos pecar de ingenuos. En este descaminado pedido de juicio político es posible atisbar algo más profundo. Lo que en verdad no toleran algunos de nuestros gobernantes, así como quienes simpatizan con ellos, es que existan jueces capaces de imponerle al poder central ciertos límites. Para los cultores de esta ideología, el desempeño del poder se ejerce de manera completa o no se lo ejerce. Por ello el Poder Judicial es tildado de “sectario” y no genuinamente “democrático”. En más de una intervención pública la actual vicepresidenta arremetió contra el esquema de división de poderes inspirado en las ideas de Montesquieu, calificándolo como algo arcaico y que requeriría una urgente renovación. Y tal vez no sea obra de la casualidad que los países con los que hoy nos enrolamos en diversas posturas en temas internacionales que han despertado justificadas críticas sean de aquellos que no se destacan precisamente por asegurar valores tales como la distribución de autoridad y el respeto por la división de poderes.

FUENTE: La Nación



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