La circulación y la actividad comercial se restringen de lunes a jueves de 0 a 6 hs y de viernes a domingo de 1 a 6 hs, con una tolerancia de 30 minutos en ambos períodos. Se exceptúa a las actividades declaradas esenciales.
En Paraná rige el decreto N° 606 del Poder Ejecutivo de Entre Ríos que en su artículo 1° establece la restricción en todo el territorio provincial de la circulación de personas, de lunes a jueves entre la 0 y las 6 hs y de viernes a domingo de 1 a 6 hs, con una tolerancia de 30 minutos en ambos períodos. Asimismo, en su artículo N° 2 dispone la restricción de la actividad comercial en la misma franja horaria.
Por otra parte, el decreto exceptúa a las «actividades declaradas esenciales y a los ciudadanos afectados a su efectivo cumplimiento», conforme lo previsto en el artículo 11º del DNU Nº 125/21 del Poder Ejecutivo Nacional.
La vigencia de esta nueva medida es desde el día 9 de abril hasta el 30 de abril del 2021 inclusive.