El Comité de Organización de Emergencia de Salud (COES) de Concepción del Uruguay consideró que es necesario “incrementar los controles sobre las actividades autorizadas a la fecha, ajustándolas estrictamente a los protocolos establecidos, de manera de preservar su continuidad sin afectar la salud de la población”.
Ante la dinámica
del estatus sanitario local respecto a la evolución y velocidad con la que se
modifica el cuadro de situación epidemiológica -lo que tensiona el sistema de
salud- el COES de la ciudad de Concepción del Uruguay “entiende necesario hacer
hincapié en la vigencia del Decreto N ° 956 del Poder Ejecutivo Nacional, en el
sentido de observar todas y cada una de las reglamentaciones dictadas por la
norma mencionada”.
“Por otra parte, del análisis realizado por los integrantes
de este cuerpo surge la necesidad de incrementar los controles sobre las
actividades autorizadas a la fecha, ajustándolas estrictamente a los protocolos
establecidos, de manera de preservar su continuidad sin afectar la salud de la
población y sus derivaciones. La falta de cumplimiento de estas exigencias será
pasible de las sanciones establecidas oportunamente por las normas nacionales,
provinciales y locales”, advirtieron desde el COES.
“La reglamentación hace mención a las reglas de conducta
generales durante el distanciamiento social, preventivo y obligatorio, entre
las que se destacan que ‘las personas deberán mantener entre ellas una
distancia mínima de dos metros, utilizar tapa bocas en espacios compartidos, higienizarse
asiduamente las manos, toser en el pliegue del codo, desinfectar las
superficies, ventilar los ambientes y dar estricto cumplimiento a los
protocolos ”establecidos por las autoridades competentes”, agregaron.
En el mismo sentido, entre las actividades expresamente
prohibidas durante el “Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio” se
destacan “los eventos culturales, sociales, recreativos, religiosos o
familiares y actividades en general de más de veinte (20) personas en espacios
cerrados. La misma limitación regirá en espacios al aire libre, si se trata de
espacios privados, de acceso público”, como así también la realización de
eventos culturales, sociales, recreativos o religiosos, en espacios públicos al
aire libre, con concurrencia mayor a 100 personas”.
“Ante este panorama, este Comité sugiere y recomienda el
respeto irrestricto de los protocolos establecidos por las normas, con el
propósito de reducir el impacto que la pandemia ha ocasionado en los diferentes
centros de atención pertenecientes al sistema público y privado de salud. La
única manera de cuidar nuestro sistema de salud, es cumplir”.
FUENTE: (APFDigial)