La provincia reforzará los controles sanitarios al transporte, para lo cual exigirá el cumplimiento estricto de los tres elementos claves que se recomiendan para tener un viaje seguro: oxigenación, claraboyas y ventilación cruzada.
Los controles deben ser llevados a cabo por las diferentes autoridades locales. Las unidades no pueden superar el 80 por ciento de su capacidad para transportar.
El Secretario de Transporte de Entre Ríos, Néstor Landra, mantuvo una reunión virtual con intendentes de la provincia, en la cual se abordó la temática de cumplimiento de las normativas emanadas por las autoridades sanitarias para exigir el cumplimiento de medidas sanitarias en el transporte de Entre Ríos, a fin de morigerar el impacto de la segunda ola asociada a la pandemia del Covid-19.
En ese marco, Landra manifestó: “Venimos diagramando con el ministro de Planeamiento, Marcelo Richard, una serie de recomendaciones para los intendentes a los cuales les pedimos su colaboración, que tienen que con ver la oxigenación, las claraboyas y la ventilación cruzada en el transporte público de pasajeros”.
“Si bien es cierto que algunas de estas medidas son incómodas y generan algún tipo de resistencia, ya no por parte de las empresas sino de los usuarios, es la ciudadanía a quien pedimos una especial atención en este tiempo de bajas temperaturas”, continuó.
Finalmente, con el compromiso de trabajar articuladamente en este contexto sanitario, el secretario de Transporte afirmó que “los intendentes participantes se mostraron con ánimo de participar y colaborar en la unión interinstitucional de provincia y municipios para poder llevar adelante este lapso pandémico de una manera más segura”.
Para tener en cuenta
Para el uso del transporte público de pasajeros se requiere certificado de circulación nacional, el cual puede ser tramitado a través del sitio www.argentina.gob.ar/circular o la aplicación (app) CUIDAR que se puede bajar en cualquier teléfono celular. Asimismo, se posibilita el uso del transporte público para aquellas personas que desarrollan actividades habilitadas o justifiquen el traslado a través de constancias y certificados expedidos al efecto.
Las medidas de prevención y autocuidado que fijan los protocolos alcanzan tanto a choferes, como a usuarios. Se establece el uso de tapa boca, nariz y mentón durante todo el trayecto del viaje.
Las empresas deben facilitar la provisión de alcohol en gel, alcohol fraccionado con agua o solución desinfectante a los usuarios.
Se establece una capacidad reducida de las unidades a los fines de asegurar el distanciamiento social sugerido, a excepción de pasajeros que sean familiares y/o convivientes entre sí.
Se exige el uso ventilado de los vehículos (con apertura de ventanillas en caso que sea posible, ventilación cruzada, oxigenación y apertura de claraboyas).
Los concesionarios de las terminales de ómnibus o las autoridades locales de quienes dependan directamente los puestos terminales, deberán dar cumplimiento en el ámbito de sus instalaciones a todas las medidas de seguridad e higiene que propicien al resguardo de los usuarios del contagio del virus. Mantener los ambientes ventilados, procurando la limpieza de los lugares de tránsito de los usuarios y en especial los baños y sanitarios públicos.