Causa Contratos: La Procuración pidió que la Cámara Electoral resuelva primero la competencia de la Justicia Federal

El Procurador General de la Nación, Eduardo Casal, emitió su dictamen sobre el conflicto de competencia entre la justicia de Entre Ríos y la Federal por la causa “Contratos”, sugiriendo que la Cámara Nacional Electoral resuelva primero el planteo de la Fiscalía provincial en contra de la decisión del juez Federal Daniel Alonso de declararse competente, según la información a la que tuvo acceso APFDigital.

La decisión de Casal, emitida el pasado 10 de febrero, se tomó debido a la intervención que le dio la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que analiza el conflicto de competencia entre el juez Alonso y la jueza provincial Marina Barbagelata. Ambos se arrogan la potestad de tramitar el expediente: el primero porque asegura que se trata de un delito electoral federal y la segunda porque sostiene que se trató de delitos contra la administración pública provincial.

Casal debía expedirse sobre en qué fuero debía tramitarse la investigación de la causa. Pero consideró, citando doctrina de la Corte, que el asunto debe ser resuelto primero por la Cámara Nacional Electoral.

En ese Tribunal se tramita la apelación del Ministerio Público Fiscal de Entre Ríos a la decisión de Alonso, que actuó como juez federal subrogante tras la recusación del titular Leandro Ríos, de atribuirse la jurisdicción sobre la investigación.

Pero, ante el conflicto de competencia y el inicio de tramitaciones ante la Corte, la Cámara Nacional Electoral postergó esta definición hasta tanto se defina el supremo tribunal.

El planteamiento de Casal es inverso: debe resolverse primero la apelación del MPF de Entre Ríos en la Cámara, dado que pueden darse dos posibilidades. O el Tribunal de alzada le confirma a Alonso su autoridad o retrotrae su decisión. Si esto último ocurre, no es necesario que la Corte se aboque a la causa. El máximo órgano judicial sólo debería actuar en caso de una ratificación de la CNE sobre lo actuado por Alonso.

“Los recursos pendientes de resolución —en especial los que cuestionan lo decidido por el juez respecto de la competencia— obstan para la traba definitiva de la contienda, pues implican la eventualidad de que el tribunal superior del fuero se pronuncie negativamente acerca de la competencia que el magistrado de primera instancia se atribuyó; y por ello es preciso que sean resueltos con carácter previo”, razonó Casal.



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