Nota de Opinión: Malvinas y el Brexit

Algunas consideraciones sobre el Brexit y sus consecuencias en la cuestión Malvinas.

Autor: Dr. Miguel Ángel Martínez, vocal del Colegio de la Abogacía de Entre Ríos.

Lejos de pretender analizar en profundidad las razones que llevaron a que el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte dejaran de ser Estado Miembro de la trabajosamente constituida Unión Europea, para pasar a tener en la actualidad la consideración de tercer estado, resulta útil reflexionar sobre las consecuencias generales y particulares que respecto a los intereses argentinos, tal decisión trae aparejada.

El proceso de salida del Reino Unido de la Unión Europea, conforme los términos del artículo 50 del Tratado de la Unión Europea, conocido como Brexit, acrónimo de dos palabras en inglés: Britain (Gran Bretaña) y exit (salida), se concretó el 31 de enero de 2020 y partir de ese momento, el Reino Unido dejó de disfrutar de los derechos y obligaciones que tenía como Estado Miembro de la Unión Europea.

Entre los derechos que pierde Gran Bretaña al dejar de ser miembro de la Unión Europea, reviste particular interés para nuestro país, aquel que le permitía beneficiarse con la normativa de la Unión Europea dictada en relación a los Territorios de Ultramar. En el caso del Reino Unido estos comprenden por una parte una extensa área del Atlántico Sur, sobre la cual la República Argentina tiene justificados y reconocidos derechos, en tanto que la otra es la referida a Gibraltar.

Los Territorios de Ultramar dentro de la legislación europea tienen tratamiento en el Tratado Constitutivo de la Comunidad Económica Europea (TCCEE) de 1957, que estableció en la Parte IV de dicho tratado (Arts. 131 y subsiguientes), el propósito de la asociación entre la UE y los Territorios de Ultramar, que es “promocionar el desarrollo económico y social de los países y territorios y establecer relaciones económicas cercanas”. Además y en el mismo sentido, la Unión Europea fue dictando y modificando una sucesión de tratados cuyas disposiciones fueron de aplicación para las Islas Malvinas a partir de 1973, al producirse el ingreso del Reino Unido a la Unión Europea y formar parte del bloque continental europeo.

Como consecuencia de ello se vieron beneficiados los Territorios de Ultramar bajo la dependencia británica, lo que trajo aparejado que a fines de la década del 80, los vínculos comerciales entre Malvinas y Europa se incrementaran en forma notable.

Cabe reiterar que, si bien todas estas disposiciones del Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea fueron de aplicación para las Islas Malvinas desde el ingreso mismo del Reino Unido al bloque, debió transcurrir más de una década para que los vínculos comerciales entre Malvinas y la Europa no británica, comenzaran a incrementarse notablemente, con evidente saldo comercial favorable a la economía insular, ello debido a los privilegios y beneficios otorgados a sus productos por las disposiciones del Tratado y sucesivas disposiciones de orden legal, que escasamente gravaban y hasta reconocían precios preferenciales entre otras a la actividad pesquera, hasta entonces escasamente explotada y que tiene en la actualidad tal desarrollo, que hasta justificó la creación de una flota pesquera propia, que sumó ingresos a la economía de las Islas, al igual que la tradicional exportación de lanas, actividades agropecuarias y exportación de carne ovina, también beneficiadas.

Sin duda que, como consecuencia del Brexit, los isleños ya no podrán comerciar en los mismos términos que antes lo hacían con Europa y el resto del mundo y lógicamente su economía se verá profundamente afectada por la pérdida de los ingresos que obtenían por el hecho de ser considerado su territorio, parte de la Unión Europea.

Aquí cabe agregar que para colmo, Malvinas tiene un acceso insignificante a otros mercados distintos al europeo, en particular y especialmente al mercado sudamericano, debiendo reconocerse en este último caso, que ello se debe a razones estrictamente políticas como consecuencia del diferendo de Gran Bretaña con Argentina, quién estratégicamente y haciendo valer la comunidad de intereses con la hermandad latinoamericana, supo por un lado comprometer al resto de países sudamericanos con los derechos que nuestro país esgrime y por el otro, poner en cuestión la recalcitrante actitud del Reino Unido de no sentarse a negociar con nuestro país la cuestión Malvinas, pese a las recomendaciones que Naciones Unidas dictara el respecto, lo cual no fue bien visto por la comunidad hispanoamericana y el resto de los países.

Sin ninguna duda que la decisión de Gran Bretaña de salirse de la Unión Europea simbolizada por el retiro de la bandera del Reino Unido de las instalaciones del Parlamente Europeo, el día 31 de enero de 2020, produce consecuencias de toda índole, que se agravan tratándose de los llamados Territorios de Ultramar, sobre los cuales el bloque europeo anunció que dejará de reconocerlos como integrantes, por lo que los mismos pierden los ingentes beneficios económicos que tenían hasta ese momento y que han llevado a que la renta per cápita de los pobladores de nuestras Malvinas, sea mayor que la de los habitantes de Gran Bretaña, debiéndose agregar además, que pierden las cuotas de acceso, rebajas arancelarias y los recursos que la Unión Europea generosamente proveía para desarrollar la economía isleña, principalmente pesquera, actividad principal de las Islas, que es extremadamente dependiente de la pesca, de forma tal que equivale al 60% del PBI local.

Por otra parte debe tenerse en cuenta que la posición oficial de nuestro gobierno, es la de considerar que el gobierno de las Islas ejerce la explotación ilegal de los recursos, por lo que eventualmente podría emprender “acciones legales” contra “las actividades no autorizadas” de “explotación de recursos naturales”, lo que es suficiente para desalentar las actividades comerciales de terceros países con las Islas, más aún cuando el ex canciller Felipe Solá, en representación del gobierno argentino y en su carácter de presidente protempore del Mercosur, solicitó que en las negociaciones de la UE con el Reino Unido, ocurridas después del Brexit, se considere a las Malvinas como zona en litigio y no como territorio de ultramar del Reino Unido, con lo que una respuesta satisfactoria, si bien no implica un reconocimiento a la soberanía argentina sobre las Islas Malvinas y su archipiélago, podría generar las condiciones para un cambio de posicionamiento europeo respecto del reclamo argentino con la consecuencia de un mayor aislamiento de Gran Bretaña.

El mundo nunca ha sido un terreno fácil y en tren de imponerse sobre otros competidores, es un hecho probado históricamente, que Gran Bretaña no vaciló en recurrir a la  conquista para asegurar su predominio sobre otros países. En ese razonamiento debe entenderse la conquista de las Islas Malvinas en el año 1833 por parte de la Gran Bretaña y su recalcitrante actitud en la actualidad.

Habiendo transcurrido 190 años de eso puede decirse sin temor a equivocarse, que las razones de Gran Bretaña para decidir el apoderamiento de nuestras Islas, forma parte de una estrategia propia de su vocación imperialista que impide devolverlas a sus legítimos propietarios: los argentinos.

En aquellos años de principios del siglo XIX, Inglaterra como potencia industrial de esa época, debía por un lado, garantizarse la provisión de materias primas las que obtendría de las débiles colonias americanas y que asegurarían que la producción inglesa aumentara su ritmo y por el otro, tener despejadas las rutas marítimas de potenciales enemigos, instalando para ello bases en puntos estratégicos del mundo.

En la actualidad, el mapa geopolítico no deja lugar a los ingleses a tener otra actitud diferente a la que esgrimiera en 1833. Inglaterra no negociará y por ende no abandonará las Islas Malvinas por propia voluntad. Quebrar esa voluntad debe ser nuestro objetivo.

Así las cosas, podemos permitirnos un cauto optimismo en la cuestión Malvinas confiando en la justicia de nuestro reclamo, e insistir en la vía pacífica del mismo como única solución que la comunidad internacional reconoce.

La cuestión Malvinas no debe tratarse desde la perspectiva de que el cúmulo de pruebas a nuestro favor, provocará por si sola la reacción de la Gran Bretaña favorable a la devolución de las Islas. No debemos pecar de inocentes. Nada de eso ocurrirá pues están en juego otros intereses que son los propios de las potencias mundiales y en ese juego Gran Bretaña puede dictar cátedra.

En consecuencia debemos incorporar a las razones históricas y de derecho internacional otras estrategias, entre ellas, insistir con el fortalecimiento de la unidad sudamericana para acompañar nuestros reclamos de manera tal, que la cuestión Malvinas exceda el interés nacional argentino y sea una cuestión colectiva de política continental.

Sin duda que el camino será largo y su recorrido fatigoso, pero no debe ser esto suficiente para que cejemos en el empeño de ver flamear el pabellón nacional en unas Islas Malvinas integradas al continente y al servicio de los intereses de toda Sudamérica.



Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *