Dice un refrán popular “cuando las barbas de tu vecino veas cortar, pon las tuyas a remojar”. Suele usarse para advertir que lo que acontece a nuestro alrededor es probable que también nos suceda a nosotros.
Este sabio dicho tal vez haya sido la motivación última del Consejo Federal de Defensores y Asesores Generales de la República Argentina, presidido por el entrerriano Maximiliano Benítez, al rechazar públicamente la iniciativa de reforma de la Procuración General que, a instancias del kirchnerismo, por estos días es debatida en la Cámara de Senadores.
“Esto puede derramar en otras
provincias”, admitió Benítez, al ser consultado por El Entre Ríos. El Defensor
General de Entre Ríos no dudó en aseverar que los cambios que se impulsan, en
especial “los mandatos de corta duración y con reelección, no son buenos, no
hacen bien a la institucionalidad”.
La mayor preocupación, tanto de Benítez como de los demás integrantes del
Consejo Federal, pasa por reafirmar y preservar la autonomía e independencia de
los Ministerios Públicos, tanto el de la procuración como el de la defensa,
plasmada en la reforma constitucional de 1994, en el artículo 120 de la Carta
Magna.
Las Defensorías de todo el país sustentaron su postura en documentos de la
Comisión y la Corte Interamericana de Derechos Humanos, que explícitamente
advierten que “los mandatos de corta duración de Defensor o Defensora General y
de Procurador o Procuradora General debilitan el sistema de justicia y afectan
a la independencia y el desarrollo profesional”.
“En el documento de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos que nosotros
citamos hay un racconto de lo perjudicial que ha sido para la justicia y para
la ciudadanía que los ministerios públicos dependan de otros poderes del
Estado, entre ellos del Poder Judicial o, como en otros modelos, del Poder
Ejecutivo”, explicó Benítez a El Entre Ríos.
Recordó que “en épocas de la presidencia de Carlos Menem, y antes de la reforma
de 1994, se pretendió nombrar un fiscal directamente desde el Poder Ejecutivo.
Ese hecho generó que posteriormente se diera a luz el núcleo de coincidencias
básicas para la reforma constitucional del ‘94, donde se resolvió esta
cuestión, que no estaba resuelta en la Constitución de 1853”.
“Es decir, ¿el Ministerio Público de quién depende? ¿Es un órgano autónomo
y totalmente independiente?, ¿depende del Poder Judicial o es un órgano que
depende del poder político? Estos interrogantes se zanjaron en la Constitución
de 1994. El constituyente dice que los Ministerios Públicos son autónomos e
independientes y son extrapoder, o sea, no dependen de ningún otro poder”,
enfatizó Benítez. “Es más –agregó-, la ubicación de este artículo en el
texto de la constitución nacional es en el mismo capítulo que la Auditoría
General de la Nación, que también es independiente”.
– ¿El Consejo Federal de Ministerios Públicos de la Defensa entiende que los
cambios que impulsa la bancada justicialista en el Senado van a alterar este principio
de independencia? –consultó El Entre Ríos.
– No lo decimos sólo nosotros. Lo están diciendo organismos internacionales.
Por eso citamos el informe de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos,
donde dice claramente que la periodicidad en estos cargos atenta contra la
independencia. Y es evidente. Hay dos razones. Una es que, al depender,
cualquiera de los dos ministerios públicos, y especialmente el fiscal por
llevar el ius puniendi, un período de 5 o 6 años como se está manejando, es muy
poco tiempo. Y encima, conyunturalmente, en un momento donde Nación está por
iniciar la puesta en marcha del sistema acusatorio, por lo que el Ministerio
Público Fiscal va a tener un rol totalmente distinto y mucho más protagónico
del que tiene hasta hoy.
– ¿La comisión de expertos que consultó el gobierno parece no verlo de esta
manera?
– Hay gente respetabilísima, muy capacitada, que opina distinto a lo que estoy
diciendo, como Alberto Binder por ejemplo. Pero yo tengo serias dudas de que la
periodicidad no atente contra la independencia, máxime, como explica la
Comisión Interamericana de Derechos Humanos, cuando se posibilita la
reelección, porque en ese caso atenta aún más. Ello porque dependés de una
mayoría del Senado, sea una especial como es ahora o una mayoría simple, pero
dependés del poder político para poder continuar ejerciendo el cargo otro
período más. Tenemos que tener cuidado con estas cosas, sobre todo en cargos en
los que se debe tener la mayor libertad y amplitud.
– ¿Qué dicen desde la política? ¿Por qué esa insistencia en fijar un período
corto para las funciones de los ministerios públicos?
– Al poder político, por lo que yo he visto en estos últimos años, lo tienta
mucho esto de la periodicidad. Ojo que algunas provincias ya la tienen, como la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires y Salta. Esa tentación surge porque dicen
‘nosotros tenemos que revalidar nuestros cargos cada cuatro años y a ustedes
los eligen de una vez y duran para siempre’.
Tampoco son buenos algunos ejemplos que hemos tenido nosotros de gente de más
de 90 años en determinados cargos; tampoco es sano que ocurra algo así. Deben
tener una duración pero no puede ser de un mandato o el período de gobierno de
un gobernador o de un presidente. Tiene que trascender esos límites. Pueden ser
equivalentes a dos o tres.
– ¿Recibieron alguna respuesta tras hacer pública su posición? ¿Algún legislador
nacional se puso en contacto con ustedes?
– Nos dijeron desde la Comisión del Senado, ante nuestras gestiones, que el
lunes pasado cerraban la ronda de consultas y que tenían muchos inscriptos para
hablar. Tratarían de prorrogar esa ronda de consultas, pero eso aún no estaba
decidido. No nos han llamado.
Fuente: El Entre Ríos