La medida regirá del 8 al 11 de noviembre en dos zonas aéreas; el ministro de Defensa tendrá la facultad de aprobar el uso de la fuerza durante ese período.
El Gobierno nacional oficializó este miércoles una serie de medidas de máxima seguridad aeroespacial de cara a la visita apostólica del papa León XIV a la Argentina.
La medida quedó formalizada esta madrugada mediante el Decreto 1334/2026, publicado en el Boletín Oficial. De este modo, el Ejecutivo amplió las facultades de protección del espacio aéreo para resguardar los eventos masivos y los objetivos estratégicos previstos en la Ciudad de Buenos Aires, Luján y Córdoba.
En el texto oficial, la disposición fija unas serie de protocolos estrictos de actuación ante la eventual incursión de aeronaves de origen externo que no cumplan con las normativas de navegación.
Como último recurso y bajo estrictas condiciones, la normativa autoriza el empleo de la fuerza –incluido el derribo– únicamente si se constata un acto o amenaza inminente de carácter hostil que ponga en riesgo la vida de personas o la seguridad nacional.
La medida excluye de este régimen a las incursiones internas, las cuales se mantendrán encuadradas bajo la Ley de Seguridad Interior. Antes de llegar a cualquier instancia de ataque, el procedimiento exige agotar los pasos previos de identificación, interceptación, advertencia y orden de aterrizaje.
Asimismo, el decreto establece que la declaración de hostilidad dependerá del comandante conjunto aeroespacial, el Almirante Marcelo Alejandro Dalle Nogare, pero la ejecución de la fuerza requerirá inexcusablemente de la aprobación previa del ministro de Defensa, una facultad indelegable asignada de forma exclusiva a esa cartera.
El operativo será instrumentado de forma conjunta entre el Comando Conjunto Aeroespacial y la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC).
Por último, las restricciones especiales al tránsito aéreo comercial y privado regirán desde el 8 hasta el 11 de noviembre inclusive, pudiéndose determinar desde el desvío preventiva de rutas hasta el despeje total del espacio aéreo en las zonas asignadas para el uso prioritario de los medios militares de defensa.



