El Gobierno aprobó un régimen de retiros voluntarios para empleados públicos nacionales, con compensaciones de hasta 25 sueldos, requisitos específicos y restricciones para reingresar.
El Gobierno nacional aprobó un nuevo régimen de retiros voluntarios para empleados de la Administración Pública Nacional, que permitirá acceder a compensaciones económicas según la edad, la antigüedad y la situación previsional de cada trabajador. La medida se oficializó este lunes 19 de octubre mediante el Decreto 1203/2026, publicado en el Boletín Oficial, y estableció un período de adhesión del 1° al 30 de noviembre.
La iniciativa alcanzó al personal de planta permanente comprendido en la Ley 25.164 y a trabajadores vinculados mediante contratos por tiempo indeterminado bajo la Ley de Contrato de Trabajo. Su aplicación quedó limitada a las jurisdicciones y organismos de la Administración Pública Nacional centralizada.
Según estableció el decreto, los cargos presupuestarios de quienes accedan al retiro voluntario serán eliminados una vez concretada la desvinculación. Además, las vacantes generadas no podrán utilizarse para justificar nuevas incorporaciones de personal.
Cuánto cobrarán los empleados que acepten el retiro voluntario
El régimen estableció tres grupos de beneficiarios, con diferentes modalidades de compensación económica.
El primer grupo comprende a mujeres desde los 58 años y hombres desde los 63 que no cuenten con aportes suficientes para acceder a la jubilación ordinaria. Estos trabajadores podrán elegir entre dos alternativas:
Cobrar mensualmente el 60% de su remuneración bruta habitual, durante un máximo de 36 meses o hasta reunir los requisitos jubilatorios, lo que ocurra primero. Durante ese período se mantendrán los aportes y contribuciones previsionales y de obra social previstos en el régimen.
Percibir una gratificación única equivalente a un sueldo bruto por cada año de antigüedad o fracción superior a tres meses, con un límite de 18 remuneraciones y sin superar el equivalente a los meses restantes para reunir los requisitos jubilatorios.
El segundo grupo incluye a mujeres de entre 58 y 64 años y hombres de entre 63 y 64 años, con al menos 30 años de aportes jubilatorios.
En estos casos, la compensación será equivalente a un sueldo bruto por cada año de antigüedad o fracción mayor a tres meses, con un máximo de 18 remuneraciones y el límite adicional vinculado con el tiempo restante para cumplir los requisitos jubilatorios. También se abonará una suma adicional equivalente a cinco sueldos brutos, independientemente de la antigüedad.
El tercer grupo comprende a mujeres de hasta 57 años y hombres de hasta 62 años. La gratificación será de un sueldo bruto por cada año de antigüedad o fracción superior a tres meses, con un máximo de 20 remuneraciones.
Además, recibirán cuatro sueldos adicionales quienes acrediten menos de 15 años de antigüedad en planta permanente, mientras que aquellos con 15 años o más percibirán cinco remuneraciones adicionales. De esta manera, la compensación total de este grupo podrá alcanzar el equivalente a 25 sueldos brutos.
Cómo se pagarán las compensaciones
El decreto estableció que las gratificaciones únicas de hasta 20 millones de pesos se abonarán en un solo pago.
Cuando la suma supere ese monto, se realizarán pagos mensuales consecutivos de 20 millones de pesos, hasta un máximo de tres cuotas. En la última se abonará el saldo correspondiente.
Para determinar las compensaciones se considerarán los conceptos remunerativos habituales y permanentes. No se computarán los períodos trabajados como becario, personal transitorio ni determinadas contrataciones temporales.
Quiénes no podrán acceder al retiro voluntario
La normativa excluyó expresamente a determinados sectores, entre ellos personal de las Fuerzas Armadas, de seguridad y policiales en las condiciones especificadas, agentes de inteligencia, integrantes del Servicio Exterior, personal civil de la Policía de Seguridad Aeroportuaria y trabajadores del Sistema Federal de Manejo del Fuego.
También quedaron excluidos los trabajadores de orquestas, coros y ballets nacionales, quienes ocupen cargos docentes y quienes desempeñen cargos civiles con prestación de servicios en el exterior.
Por otra parte, no podrán adherirse quienes hayan iniciado trámites jubilatorios, cumplan los requisitos para acceder al beneficio previsional, tengan una renuncia pendiente de aceptación o se encuentren en situación de disponibilidad.
La restricción también comprende determinados procesos penales y sumarios administrativos, así como a trabajadores que mantengan reclamos judiciales o administrativos laborales contra el Estado, salvo las excepciones y condiciones de desistimiento previstas.
Cómo se pagarán las compensaciones
El decreto estableció que las gratificaciones únicas de hasta 20 millones de pesos se abonarán en un solo pago.
Cuando la suma supere ese monto, se realizarán pagos mensuales consecutivos de 20 millones de pesos, hasta un máximo de tres cuotas. En la última se abonará el saldo correspondiente.
Para determinar las compensaciones se considerarán los conceptos remunerativos habituales y permanentes. No se computarán los períodos trabajados como becario, personal transitorio ni determinadas contrataciones temporales.
Quiénes no podrán acceder al retiro voluntario
La normativa excluyó expresamente a determinados sectores, entre ellos personal de las Fuerzas Armadas, de seguridad y policiales en las condiciones especificadas, agentes de inteligencia,
integrantes del Servicio Exterior, personal civil de la Policía de Seguridad Aeroportuaria y trabajadores del Sistema Federal de Manejo del Fuego.
También quedaron excluidos los trabajadores de orquestas, coros y ballets nacionales, quienes ocupen cargos docentes y quienes desempeñen cargos civiles con prestación de servicios en el exterior.
Por otra parte, no podrán adherirse quienes hayan iniciado trámites jubilatorios, cumplan los requisitos para acceder al beneficio previsional, tengan una renuncia pendiente de aceptación o se encuentren en situación de disponibilidad.
La restricción también comprende determinados procesos penales y sumarios administrativos, así como a trabajadores que mantengan reclamos judiciales o administrativos laborales contra el Estado, salvo las excepciones y condiciones de desistimiento previstas.
Prohibición de reingresar al Estado durante ocho años
Uno de los puntos centrales del régimen fue la prohibición de reincorporarse al sector público nacional durante ocho años para quienes accedan al retiro voluntario.
La restricción comprenderá contrataciones, cargos jerárquicos, asesorías y otras modalidades de vinculación con organismos nacionales. Sin embargo, el decreto exceptuó expresamente el desempeño de cargos docentes en universidades nacionales.
En caso de incumplimiento, se interrumpirá el pago de las cuotas pendientes y el trabajador deberá devolver las sumas que correspondan, según los criterios que establezca la autoridad de aplicación.
Cuándo podrán inscribirse los empleados públicos
El período de adhesión comenzará el 1° de noviembre y finalizará el 30 de noviembre de 2026, aunque la Secretaría de Transformación del Estado y Función Pública podrá prorrogarlo por única vez durante un máximo de 30 días corridos.
La presentación de una solicitud no garantizará su aprobación. Las autoridades de cada jurisdicción podrán rechazar pedidos cuando consideren necesario preservar la continuidad y el funcionamiento de los servicios públicos.
Las decisiones deberán emitirse dentro de los 40 días corridos posteriores al vencimiento del plazo de inscripción. Si no existe una resolución expresa de aceptación, la solicitud se considerará rechazada y continuará vigente la relación laboral.
El decreto entró en vigencia este lunes y se enmarca en la política de reorganización de estructuras y reducción de dotaciones impulsada por el Poder Ejecutivo nacional.


