Cambios tras la reforma jubilatoria – Reforma previsional: Explican cómo será la nueva liquidación de haberes a jubilados provinciales

El presidente de la Caja, Gastón Bagnat, explicó a Elonce cómo aparecerán los códigos 5000 y 5001, cuándo se pagarán los aumentos y qué ocurrirá con trámites jubilatorios pendientes iniciados.

Los jubilados y pensionados provinciales recibirán los recibos de los haberes de septiembre con una nueva modalidad de liquidación, tras la entrada en vigencia de la reforma previsional de Entre Ríos. El recibo incorporará los códigos 5000 y 5001 para diferenciar el sueldo base de los incrementos por movilidad.

El presidente de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de Entre Ríos, Gastón Bagnat, explicó ante los medios que la reforma jubilatoria había sido aplicada proporcionalmente durante los últimos 10 días de agosto, luego de su promulgación el 21 de ese mes.

Septiembre será el primer período liquidado completamente bajo el nuevo sistema, que unificó la movilidad de los beneficiarios tomando como referencia el escalafón con mayor cantidad de aportantes. Actualmente, ese parámetro corresponde al sector educativo.

Qué significará el código 5000

Bagnat detalló que el código 5000 identificará el sueldo correspondiente a septiembre. Ese importe será equivalente al total de haberes percibidos durante agosto.

“Cualquier persona puede revisar el recibo de agosto y buscar el monto total cobrado. Esa cifra será la que aparecerá como sueldo de septiembre bajo el código 5000”, explicó.

El nuevo formato tendrá como objetivo simplificar la visualización del haber mensual y establecer una base única sobre la cual se incorporarán los futuros aumentos.

El funcionario aclaró que el cambio en los códigos del recibo no implicará por sí mismo una reducción de los montos percibidos.

El código 5001 para los aumentos

Los incrementos derivados de la movilidad serán identificados mediante el código 5001.

Cuando un aumento se liquide dentro del cronograma habitual, ambos conceptos aparecerán juntos en el recibo: el código 5000 corresponderá al sueldo base y el 5001 reflejará la actualización aplicada durante ese mes.

“Al mes siguiente, la suma del código 5000 y el 5001 pasará a conformar el nuevo código 5000. Es decir, el total del haber anterior se convertirá en el sueldo base del mes siguiente”, detalló Bagnat.

En septiembre, sin embargo, la actualización salarial docente no será incorporada en la liquidación inicial debido a la demora de la negociación paritaria.

El aumento docente se pagará por complementaria

El Gobierno provincial anticipó que aplicará por decreto el incremento salarial del 3,5% correspondiente a septiembre para los docentes activos.

Bagnat explicó que, una vez definida la fecha de pago para los trabajadores activos, la Caja abonará el mismo incremento a los jubilados alcanzados por esa movilidad.

“El día que el Gobierno establezca el pago del aumento a los docentes activos, ese mismo día y sin demoras la Caja pagará el incremento a los jubilados”, aseguró.

Debido a que la liquidación mensual ya se encontraba confeccionada, ese aumento aparecerá en un pago complementario bajo el código 5001.

El funcionario estimó que, una vez normalizadas las fechas de las negociaciones salariales, los aumentos podrán incorporarse dentro de la liquidación habitual y ya no será necesario pagarlos por separado.

Pago del monto no remunerativo

Bagnat también anticipó que este jueves 1º de octubre se abonará mediante una liquidación complementaria el concepto identificado con el código 1650.

Según explicó, el monto no remunerativo continuará siendo percibido por los jubilados que se encontraban alcanzados por ese beneficio.

Posteriormente comenzará el cronograma habitual de pagos, organizado según los montos de los haberes.

Los beneficiarios podrán consultar sus recibos para verificar la incorporación del código 5000 y, cuando corresponda, el código 5001 asociado a la movilidad.

Qué ocurrió con el 82% móvil

El presidente de la Caja afirmó que la reforma previsional no eliminó el régimen del 82% móvil. “El 82% móvil quedó igual dentro de la ley”, confirmó Bagnat.

Los trámites jubilatorios que se encontraban iniciados antes de la entrada en vigencia de la reforma continuarán siendo liquidados de acuerdo con la Ley Nº 8.732.

Según indicó, la Caja tenía más de 2.500 expedientes iniciados antes del cambio normativo y se encontraba avanzando con su resolución bajo las condiciones anteriores.

El cálculo para los nuevos trámites

Para las solicitudes presentadas después de la reforma, el principal cambio estará relacionado con el cálculo del haber jubilatorio inicial. Bagnat explicó que la nueva normativa estableció una base de 15 años para determinar ese monto.

“Los trámites que ya estaban iniciados se liquidarán como corresponde bajo la Ley 8.732. En los nuevos expedientes, lo que cambia es el cálculo del haber inicial, que tendrá una base de 15 años”, precisó.

Los requisitos para iniciar una jubilación y el procedimiento administrativo continuarán funcionando de la misma manera.

Cuando una persona reúna la edad y los años de aportes exigidos, deberá solicitar un turno e iniciar el expediente ante la Caja. Una vez que el beneficio sea resuelto y notificado, tendrá un plazo de 60 días para fijar el cese laboral.

El bono continuará pagándose

Consultado sobre el bono que reciben determinados beneficiarios, Bagnat señaló que su tratamiento se encuentra judicializado.

Mientras no exista una resolución definitiva, la Caja continuará abonándolo mediante liquidaciones complementarias. “Estamos a la espera de conocer cómo se resolverá judicialmente y, mientras tanto, se seguirá pagando normalmente”, sostuvo.

De esta manera, los principales cambios visibles para los jubilados estarán en la estructura de los recibos, la identificación separada de la movilidad y el mecanismo de consolidación del haber para el mes siguiente.

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